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Alquilómetro

Calculadora · actualizada con el RDL 29/2026

¿Cuánto me pueden subir el alquiler?

Introduce tu renta y las fechas de tu contrato. Te decimos qué regla se aplica (IRAV, IPC, tope del 2 % o congelación) y cuánto pagarás al mes.

Norma pendiente de convalidación. El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, pero el Congreso debe convalidarlo antes del 13 de noviembre de 2026. Si no se convalida, decae. Actualizaremos esta página en cuanto haya votación.

Decide si te afecta el IRAV (contratos desde el 26/05/2023).
El día en que se cumple el año de contrato.
¿Qué dice tu contrato sobre la actualización?
¿Tu renta supera el límite del índice de referencia del Ministerio (SERPAVI)? Consúltalo en el sistema estatal de referencia del precio del alquiler. Solo importa para actualizaciones desde el 8/10/2026.

Subida máxima aplicable

—

Nueva renta
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Subida al mes
—
Subida al año
—
Según tu contrato (sin RDL)
—

      IRAV · septiembre 2026

      2,54 %

      Contratos desde el 26/05/2023

      IPC interanual · septiembre 2026

      4,9 %

      Contratos anteriores con cláusula IPC

      Tope RDL 29/2026

      2 %

      Actualizaciones 8/10/2026 – 31/12/2027, sin nuevo pacto

      Qué regla se aplica a tu contrato

      La subida anual del alquiler depende de tres cosas: qué dice tu contrato, cuándo lo firmaste y en qué fecha toca actualizar.

      1. Sin cláusula de actualización, no hay subida. Lo dice el artículo 18 de la LAU.
      2. Actualizaciones entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 (disposición final sexta del RDL 29/2026): si tu renta supera el límite del índice de referencia, la subida es 0. En los demás casos, la que pactéis de nuevo; sin nuevo pacto, como máximo un 2 %.
      3. Contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023 (Ley 12/2023): desde 2025 la actualización no puede superar el IRAV que publica el INE.
      4. Contratos anteriores: se aplica la cláusula del contrato (normalmente el IPC), sin tope desde 2025.
      5. En 2023 la subida estuvo limitada al 2 % y en 2024 al 3 % (salvo nuevo pacto).

      Ejemplo

      Pagas 900 € al mes por un contrato firmado en enero de 2024 que se actualiza con el IRAV. Si la actualización toca en noviembre de 2026, el IRAV de septiembre (2,54 %) supondría 22,86 € más al mes. Con el RDL 29/2026 y sin nuevo pacto, la subida máxima es del 2 %: 18 € al mes, 918 € en total. Si tu renta superase el índice de referencia, seguirías pagando 900 €.

      ¿Y si quiero quedarme más tiempo?

      El mismo real decreto-ley permite pedir una prórroga extraordinaria de hasta dos años si tu contrato termina antes de 2029. Si vives en una zona de mercado residencial tensionado, puede corresponderte además la prórroga del artículo 10.3 de la LAU.

      Preguntas frecuentes

      ¿Cuánto me pueden subir el alquiler en 2026?

      Si tu contrato se actualiza entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, el RDL 29/2026 limita la subida al 2 % si no pactas otra cosa con el casero, y a 0 % si tu renta supera el índice de referencia del Ministerio. Antes del 8 de octubre se aplicaba tu contrato: el IRAV (2.54 % en septiembre) para contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023, o normalmente el IPC para los anteriores.

      ¿Qué es el IRAV?

      El Índice de Referencia para la Actualización Anual de los contratos de arrendamiento de vivienda lo publica el INE cada mes desde diciembre de 2024. Desde 2025, la actualización de los contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023 no puede superarlo.

      ¿Me pueden subir el alquiler si el contrato no dice nada?

      No. Según el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, la renta solo se actualiza en la fecha en que se cumpla cada año de contrato y solo si se ha pactado expresamente.

      ¿Qué pasa si el RDL 29/2026 no se convalida?

      Un real decreto-ley tiene que ser convalidado por el Congreso en 30 días hábiles. Si no se convalida, decae y se vuelve a aplicar lo que diga tu contrato (con el tope del IRAV si es posterior a mayo de 2023). La calculadora te muestra las dos cifras.

      ¿Cómo sé si mi renta supera el índice de referencia?

      El Ministerio de Vivienda publica el sistema estatal de referencia del precio del alquiler (SERPAVI), donde puedes consultar el rango de precios para tu vivienda con la dirección y la referencia catastral. Si tu renta supera el límite máximo, la disposición final sexta impide cualquier subida.

      ¿Desde cuándo se aplica la nueva renta?

      Desde la mensualidad siguiente a aquella en que el arrendador notifique por escrito la actualización, indicando el porcentaje y aportando el dato del índice, nunca antes de que se cumpla el año de contrato.

      Última revisión: · Fuentes: RDL 29/2026 (BOE), Ley 12/2023, INE – IRAV · Metodología